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al día · revisado 31-jul-2026
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Salta y Catamarca reparten 50/50 lo que se extrae de la franja en litigio, sin resolver el límite

Ley 5.940 (Catamarca)
vigentePROVINCIAL RIGI e inversión

La Ley 5.940 aprueba el acuerdo Salta-Catamarca sobre Diablillos: las dos reparten lo que se extrae de la franja sin resolver el límite.

Las otras normas de esta materia32

Qué cambió y a quién le toca

Qué cambió
Catamarca aprobó por ley el Acuerdo de Facilitación y Fomento del Proyecto Minero "DIABLILLOS - PLATA" que había firmado con Salta el 27 de marzo de 2025. El artículo 1 dice: "Apruébese en todas sus partes el Acuerdo de Facilitación y Fomento de Proyecto Minero 'DIABLILLOS - PLATA'"; el artículo 2 es de forma verif. tesis Es, junto con el acuerdo marco de Sal de Oro firmado en mayo de 2021, la vía con la que las dos provincias operan los proyectos que caen sobre la franja que se disputan desde 1943, sin esperar a que el Congreso resuelva el límite. verif 22-05-2026 ↗
Vigencia
Vigente desde su publicación (22-05-2026), con fecha de vencimiento incorporada: la cláusula NOVENA del Acuerdo dice textualmente «Una vez resuelto el diferendo limítrofe por Ley del Congreso Nacional, el presente acuerdo quedará sin efecto. La Provincia que en definitiva sea titular de los derechos territoriales, continuará como única autoridad competente, debiendo la otra abstenerse de continuar con cualquier tipo de pretensión de hecho o legal». Es decir: el reparto 50/50 es un régimen PROVISORIO cuyo final no lo deciden las provincias sino el Congreso Nacional, y cuando llegue no se reparte nada: una de las dos se queda con todo. verif 22-05-2026 ↗
A quién le aplica
A los operadores de los proyectos que caen sobre la franja en disputa del Salar del Hombre Muerto y, por arrastre, a todo proveedor que facture ahí. Mecánica leída en el anexo, protocolo por protocolo:(1) regalías — «las regalías mineras determinadas según la Ley de Inversiones Mineras N° 24.196, sus modificatorias y complementarias, serán distribuidas en partes iguales entre las jurisdicciones, cincuenta por ciento para cada una de ellas»; el obligado al pago presenta las declaraciones juradas en ambas. La producción que salga de labores ubicadas fuera del ámbito de aplicación paga regalías sólo en la provincia donde está la labor.(2) INGRESOS BRUTOS / impuesto A LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS — se distribuye por Convenio Multilateral: los ingresos atribuibles y los gastos soportados en el ámbito se atribuyen en partes iguales a cada provincia para el coeficiente unificado del artículo 2° del Convenio. Y el punto que le pega directo al proveedor: los «otros contribuyentes» que desarrollen actividades en el área deben inscribirse EN EL CONVENIO MULTILATERAL EN LAS JURISDICCIONES 903-CATAMARCA Y 917-SALTA.(3) Retenciones y percepciones — el agente designado ingresa a cada jurisdicción el cincuenta por ciento del monto facturado como base imponible, pero sólo si tanto el retenido como el agente están inscriptos en ambas jurisdicciones; textual: «No corresponderá la distribución del cincuenta por ciento (50%) antes indicado cuando no se encuentre inscripto en ambas jurisdicciones, debiendo proceder a declarar, retener e ingresar según la normativa vigente en cada jurisdicción».(4) SELLOS — el monto total del instrumento se atribuye en partes iguales entre las jurisdicciones.(5) Gobernanza — el acuerdo de DIABLILLOS crea un Comité de Gestión Interprovincial de sede bipartita, del que dependen tres subcomisiones: articulación de trámites, evaluación de los Informes de Impacto Ambiental, y control. Sus recomendaciones son NO VINCULANTES y cada provincia emite su propia DIA.(6) Los convenios son reglas provisorias: se firman «sin que signifique el reconocimiento y/o renuncia alguna de los derechos territoriales». verif 27-03-2025 ↗
La norma
Ley 5.940 de la Provincia de Catamarca, sancionada el 14-05-2026 y publicada en el Boletín Oficial provincial el 22-05-2026. Ratifica un acuerdo suscripto el 27-03-2025. Salta había aprobado su lado entre diciembre de 2025 y enero de 2026 verif: el desfasaje de catorce meses entre la firma y la ratificación catamarqueña es el dato de tempo del expediente. verif 22-05-2026 ↗

Nuestra lectura

Es la jugada correcta para que la inversión no espere a la política: en vez de frenar dos proyectos hasta que el Congreso cierre un diferendo de ocho décadas, las dos provincias acordaron repartir por mitades y seguir. Para el inversor, el efecto neto es favorable y concreto — hay reglas escritas donde antes había vacío. Pero el reparto crea un problema operativo que todavía no tiene dueño: duplica el auditor sin crear el método. Dos fiscos con dos criterios sobre el mismo volumen extraído, sin un estándar de medición común escrito en el texto publicado, es exactamente el hueco que abre el nicho de medición y auditoría fiscal biprovincial. Y el acuerdo trae su propio interruptor: nace declarandose provisorio y muere el día que el Congreso falle. Eso no lo debilita como oportunidad — la concentra en el tiempo. tesis

Analizar esta norma para mi empresa

Dónde pega, provincia por provincia2

Catamarca Destraba la operación de los proyectos de la franja en litigio sin exigir que se resuelva antes el límite: la inversión avanza con reglas fiscales escritas y repartidas, en vez de quedar rehen de un diferendo de ocho décadas. favorable tesis
Catamarca El reparto 50/50 sube el costo de cumplimiento del operador y del proveedor: dos administraciones tributarias verifican la misma tonelada sin un estándar de medición común publicado. Es carga administrativa para la mina, y demanda para quien sepa producir un número que las dos acepten. mixto tesis

Qué mercados dependen de esta norma1

Estos nichos declaran esta norma entre las que los condicionan.

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