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al día · revisado 5-sep-2026
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Reforma fiscal 2026: IIBB general 3%, PyME de 2% a 3,5%, e impuesto a cripto y mensajería digital

Ley Impositiva 3541/2025 (vig. 2026) + Reforma Código Fiscal Ley 3542/2025
vigentePROVINCIAL Ancla fiscal y monetaria

La Ley 3541 fija Ingresos Brutos 2026 en 3% general y la Ley 3542 reforma el Código Fiscal de Neuquén, con escala PyME y alcance a cripto.

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Qué cambió y a quién le toca

Qué cambió
Neuquén fijó su régimen impositivo 2026 con la Ley Impositiva 3541, sancionada por la Legislatura el 27/11/2025, con vigencia desde el 1/01/2026 (art. 50) verif; fue promulgada el 18/12/2025 y publicada en el Boletín Oficial el 19/12/2025 verif. Ingresos Brutos: alícuota general del 3 % (art. 4, según el art. 213 del Código Fiscal), con alícuotas distintas por actividad: transporte 2 %; construcción 2,25 % y sus servicios relacionados 2 %; industria manufacturera 1,5 % en su lista general; comercio mayorista y minorista 5 %; hotelería y restaurantes 4 %; comunicaciones 5,5 %; profesiones liberales universitarias 4 %; generación, transporte y distribución de electricidad 3,5 %; servicios financieros 9 % e intermediación financiera 8,25 %. Régimen escalonado para micro y pequeñas empresas (art. 7): en comercio minorista y venta de autos usados, las microempresas pagan 2 % hasta $250 millones de ingresos del año anterior, 2,5 % hasta $500 millones, 3 % hasta $750 millones y 3,5 % hasta $1.000 millones; en hotelería, otros servicios, salud y educación, reparaciones y profesiones, las micro y pequeñas pagan 2 % hasta $150 millones, 2,5 % hasta $300 millones, 3 % hasta $450 millones y 3,5 % hasta $600 millones. Economía digital: la compraventa de criptoactivos por cuenta propia (649992), la custodia (631123) y la locación de poder de minado tributan 5 %; las plataformas de intermediación en criptoactivos (661993) y la intermediación de mensajería por aplicación (631204), 5,5 %; la mensajería puerta a puerta por plataforma (530091), 5 %. Las multas del Código Fiscal quedan actualizadas: la del art. 56 se gradúa entre $109.720 y $1.252.160, y el Impuesto Inmobiliario urbano con mejoras parte de un mínimo de $33.296 (art. 10) verif. En el mismo paquete, la Ley 3542 reforma el Código Fiscal: modifica 18 artículos, incorpora el nomenclador de actividades NAES, reemplaza «AFIP» por «ARCA» y crea el Valor Fiscal de Referencia Impositiva para moderar saltos en la valuación del Inmobiliario s/conf. Según la Dirección Provincial de Rentas, más del 95 % de los contribuyentes accede a alícuotas reducidas s/conf. verif 19-12-2025 ↗
Vigencia
Ejercicio fiscal 2026 (sancionada por la Legislatura el 27/11/2025; publicada en el BO el 19/12/2025) verif. verif 19-12-2025 ↗
A quién le aplica
A todo contribuyente de Ingresos Brutos en Neuquén. El escalonamiento para micro y pequeñas empresas del art. 7 (2 % a 3,5 % según ingresos) alcanza sólo a las actividades de los incisos a)2, a)5, b)4, b)5, b)6, b)7 y g) del art. 4: venta de autos usados y comercio minorista, hotelería y restaurantes, otros servicios, salud y educación, reparaciones y profesiones; no incluye la construcción. Tampoco alcanza al proveedor de servicios de pozo: la actividad hidrocarburífera está en el inciso m), que fija 3,5 % para los códigos 091001, 091002, 091003 y 091009 sin escala por tamaño. Las plataformas de criptoactivos, la custodia y el minado y la mensajería por aplicación pasan a tributar entre 5 % y 5,5 % verif. Que más del 95 % del padrón acceda a alícuotas reducidas y que el Valor Fiscal de Referencia acote la suba del Inmobiliario no se confirmó en fuente s/conf. Para el proveedor chico de comercio y servicios el escalonamiento es un alivio real; para el de servicios petroleros, la alícuota es pareja sin importar el tamaño tesis. verif 19-12-2025 ↗
La norma
Ley provincial 3541 «Ley Impositiva 2026», sancionada por la Legislatura del Neuquén el 27/11/2025, con vigencia desde el 1/01/2026 (art. 50); deroga la Ley 3479 desde el 31/12/2025 (art. 52) y faculta a la Dirección Provincial de Rentas a reglamentarla (art. 51) verif. Promulgada por Decreto 1697 del 18/12/2025 y publicada en el Boletín Oficial N° 4524 del 19/12/2025 verif. En el mismo paquete, la Ley 3542 reforma el Código Fiscal: nomenclador NAES, «ARCA» en lugar de «AFIP», Valor Fiscal de Referencia Impositiva y valor de la unidad tributaria s/conf. El régimen baja alícuotas por escalones para las empresas chicas sin crear impuestos generales nuevos, en línea con el Consenso Fiscal y el Pacto de Mayo tesis. verif 19-12-2025 ↗

Nuestra lectura

Neuquén baja la vara fiscal justo donde entra el proveedor satélite: el IIBB general queda en 3%, pero el nuevo esquema escalonado para PyME arranca en 2% y sube de a poco hasta 3,5% según facturás. Con una excepción que importa acá y que conviene decir de frente: el proveedor de servicios de pozo queda afuera de ese alivio. Su alícuota es la del inciso m) del artículo 4 —3,5 % para los códigos 091001, 091002, 091003 y 091009— y el artículo 7 no lo enumera, así que paga 3,5 % sea micro o grande, medio punto más que del lado rionegrino. Es la pata provincial del rumbo pro-inversión: alivio permanente a la PyME que se enchufa al boom de Vaca Muerta, sin inventar impuestos nuevos. Y mira al futuro: pone en la grilla a la economía digital —cripto y mensajería por app— para que la base tributaria crezca con la actividad, no a costa del que produce. tesis

Analizar esta norma para mi empresa

Dónde pega, provincia por provincia1

Neuquén Reforma tributaria 2026: Ingresos Brutos general 3%, con escalones de 2% a 3,5% para micro y pequeñas empresas de comercio minorista y servicios (art. 7), y alícuotas nuevas para criptoactivos y mensajería por aplicación (5% a 5,5%). favorable tesis
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