Rige desde el 21-nov-2024
Ley Impositiva 2025: IIBB general en 3% y el régimen MiPyME que abarata al chico
Ley provincial 3479 (sancionada 21/11/2024, vigente ejercicio 2025)
vigentePROVINCIAL
Ancla fiscal y monetaria
La Ley 3479 mantiene la alícuota general de Ingresos Brutos en 3% para 2025 y fija alícuotas reducidas de 2% y 3,5% para micro y pequeñas empresas.
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Qué cambió y a quién le toca
Qué cambió
La Ley Impositiva 2025 fija las alícuotas de Ingresos Brutos del ejercicio 2025 en Neuquén. Mantiene la alícuota general en 3 % (art. 4, sobre el art. 213 del Código Fiscal) y fija, entre otras: construcción 2,25 % y servicios relacionados con la construcción 2 %; servicios de comunicaciones (correo postal, telefonía fija, telecomunicaciones vía satélite e internet) 5,5 %; servicios financieros 9 %; intermediación financiera 8,25 %. Para micro y pequeñas empresas, el art. 7 fija alícuotas reducidas: en comercio minorista, las microempresas pagan 2 % hasta $180 millones de ingresos del año anterior y 3,5 % hasta $570 millones; en hotelería, otros servicios, salud y educación, reparaciones y profesiones, las micro y pequeñas pagan 2 % hasta $100 millones y 3,5 % hasta $320 millones; por encima rige la alícuota de cada actividad (5 % en comercio minorista, otros servicios y reparaciones; 4 % en hotelería, salud, educación y profesiones). Deroga la Ley Impositiva 2024 (Ley 3407) a partir del 31/12/2024 verif. Esas alícuotas consolidan subas que el Decreto 122/2024 había dispuesto antes (construcción desde 1,5 %, comunicaciones desde 4 %, servicios financieros desde 7 % e intermediación financiera desde 5,5 %) s/conf. verif 21-11-2024 ↗
Vigencia
Ejercicio fiscal 2025 (anticipo 01/2025 en adelante); sancionada 21/11/2024. verif 21-11-2024 ↗
A quién le aplica
Todos los contribuyentes de Ingresos Brutos de Neuquén. Las micro y pequeñas empresas que no superan los topes del art. 7 pagan una alícuota reducida (2 % o 3,5 % según ingresos) en vez de la de su actividad, que es 5 % en comercio minorista, otros servicios y reparaciones y 4 % en hotelería, salud, educación y profesiones. La construcción tributa 2,25 % y los servicios relacionados con la construcción 2 % (incluido el código 711001); comunicaciones, servicios financieros e intermediación financiera quedan en 5,5 %, 9 % y 8,25 %; la alícuota general es 3 % verif. Para el taller, depósito o servicio local que califica como micro o pequeña empresa, el art. 7 es un alivio real frente a la alícuota de su actividad tesis. verif 21-11-2024 ↗
La norma
Ley provincial 3479 «Ley Impositiva» (Título I Parte General; Título II Impuesto sobre los Ingresos Brutos, arts. 4 a 9), sancionada por la Legislatura del Neuquén el 21 de noviembre de 2024, con vigencia desde el 1 de enero de 2025 (art. 51). Deroga la Ley 3407 desde el 31/12/2024 y faculta a la Dirección Provincial de Rentas a reglamentarla (arts. 52 y 53) verif. La reemplazó la Ley Impositiva 2026 (Ley 3541), que la deroga desde el 31/12/2025 verif. Que incorpore las subas del Decreto 122/2024 y que la reglamenten las Resoluciones DPR 369/2024 y 57/2025 no se confirmó en fuente s/conf. verif 21-11-2024 ↗
Nuestra lectura
La Ley Impositiva 2025 deja el Ingresos Brutos general de Neuquén clavado en 3% y le abre al chico una puerta concreta: la PyME que factura por debajo del tope tributa 2% o 3,5%, no la alícuota de su actividad (5% en comercio minorista, otros servicios y reparaciones; 4% en hotelería, salud, educación y profesiones). Es la regla provincial que abarata enchufarse al ecosistema de Vaca Muerta desde abajo, mientras la provincia sostiene previsibilidad fiscal año a año. tesis
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