Despegue REFORMAS ESEN
al día · revisado 3-sep-2026
La norma, en detalle

Qué se le puede vender a una exploración minera con IVA que vuelve

Resolución 66/2026 de la Secretaría de Minería (BO 19-08-2026), sobre el art. 14 bis de la Ley 24.196
vigenteNACIONAL Energía y recursos naturales

Los bienes y servicios cuyo IVA recupera un proyecto minero en exploración, los plazos del trámite en el SIR de ARCA y qué papeles le pide al proveedor.

Qué cambió y a quién le toca

Qué cambió
El artículo 14 bis de la Ley 24.196 le devuelve al minero inscripto el IVA que pagó explorando —antes de que la mina produzca nada— y por eso es plata que entra en la etapa en que el proyecto sólo gasta. Esta resolución fija cómo se pide, y su anexo hace algo que el propio texto parecía deshacer: el artículo 4° deroga el listado de bienes y servicios que regía desde 2004, y el artículo 2° inciso c) del anexo lo vuelve a escribir, así que no queda hueco. La lista tiene dos mitades, y la segunda es la que define un mercado.Servicios cubiertos: análisis y ensayos químicos, geoquímicos y mineralógicos · estudios geológicos, geofísicos, topográficos, geodésicos, de sensores remotos, de mecánica de rocas y suelos, mineralúrgicos, metalúrgicos, ambientales, hidrológicos, hidrogeológicos y de prefactibilidad y factibilidad · perforación de suelos y rocas · voladuras y movimiento de suelos y rocas · construcción y reparación de infraestructura en la zona de exploración · servicios generales: administración, servicios profesionales, alimentación, limpieza, seguridad, medicina laboral y mantenimiento · transporte de bienes y personas · comunicaciones · reparación de equipos. Bienes cubiertos: bienes de capital, partes y repuestos para transporte, movimiento de suelos y rocas, obras viales, captación y transporte de agua, desagües, generación y transporte de energía, campamentos, viviendas para el personal, comunicaciones, sanidad, educación y esparcimiento; equipamiento de informática y telecomunicaciones; bienes de consumo «como alimentación y ropa»; y el alquiler de bienes. La compraventa, la locación y el leasing entran por igual. Las condiciones para cobrar: el crédito tiene que ser posterior a la notificación de la inscripción en el régimen, el beneficiario no puede haber estado suspendido en ese período, hay que acreditar el pago total de cada gasto, hay que ser titular del proyecto —por permiso exclusivo de exploración, por concesión o por derechos adquiridos por transmisión— y el proyecto necesita el Informe de Impacto Ambiental aprobado antes de las tareas. ⭐ Y alcanza también al IVA de las compras hechas entre el pedido de los derechos a la autoridad provincial y su otorgamiento, siempre que después se hayan otorgado. El trámite se inicia en el Sistema Integral de Recupero de ARCA —código 006, formulario F 8147— y en paralelo se abre un expediente por TAD con las facturas en el mismo orden en que se cargaron en el SIR. Los plazos: diez días hábiles para subsanar una observación y treinta días hábiles para que la Dirección Nacional de Inversiones Mineras se expida sobre la pertinencia técnica. Y el beneficio en sí llega después de doce períodos fiscales desde que el crédito fue computable. verif · 19-08-2026
Vigencia
19-08-2026, el día de su publicación en el Boletín Oficial, como fija su artículo 5°. A diferencia de la Resolución 73/2026 sobre importación, ésta no queda condicionada a ninguna adecuación de sistemas: el circuito por el que se tramita —el Sistema Integral de Recupero de ARCA— ya existe desde 2022. Los trámites iniciados con el procedimiento anterior siguen por esa vía hasta terminar, salvo que el beneficiario prefiera desistir y empezar de nuevo por el SIR. verif · 19-08-2026
¿Estás dentro o fuera?
Al que explora, que es quien cobra: una empresa inscripta en el régimen recupera el IVA de todo lo que gastó buscando el yacimiento, incluso de lo que compró antes de tener la concesión otorgada. ⭐ Y al proveedor que le vende, que es quien no suele leer esta norma. El listado del anexo no reparte plata al proveedor, pero le contesta dos preguntas que valen: qué le van a comprar —porque un gasto cuyo IVA vuelve compite mejor que uno cuyo IVA se hunde— y qué papeles le van a pedir. La factura del proveedor viaja al expediente, tiene que estar pagada en su totalidad para que el crédito se admita, y se sube en el mismo orden en que se cargó en el sistema de ARCA. ⚠️ Para el proveedor eso significa que un cliente en exploración va a querer pagar completo y documentado, y que la venta a medias o sin comprobante en regla le rompe el recupero al cliente. Al que presta servicios generales —comedor, limpieza, seguridad, medicina laboral, mantenimiento, administración— le dice algo que no es obvio: está adentro de la lista, igual que el geólogo y el perforista. A la autoridad minera provincial la pone en el camino crítico: sin Informe de Impacto Ambiental aprobado antes de las tareas, no hay devolución. verif · 19-08-2026
La norma
Resolución 66/2026 de la Secretaría de Minería del Ministerio de Economía, firmada por el Secretario de Minería Luis Enrique Lucero el 14-08-2026 y publicada en el Boletín Oficial el 19-08-2026 (aviso N° 57725/26). Se dicta en uso de las facultades de los arts. 14 bis y 24 de la Ley 24.196 y del inciso d del art. 14 bis del Decreto 2686/1993. Seis artículos y un anexo (IF-2026-74107734-APN-DNIM#MEC) de cuatro capítulos y ocho artículos. verif · 19-08-2026

Nuestra lectura

tesis Dos lecturas. 1) Este listado es lo más parecido a un catálogo oficial de servicios satélite que publicó el Estado, y no está escrito como tal. Está adentro de una norma de procedimiento tributario, en el inciso c de un artículo 2, y nombra uno por uno los oficios y servicios que un proyecto en exploración contrata: perforación, voladura, laboratorio, topografía, hidrogeología, obra vial, agua, energía, campamento, comedor, limpieza, seguridad, medicina laboral, mantenimiento, transporte y comunicaciones. ⇒ Para una PyME que se pregunta «¿qué le puedo vender a una minera antes de que la mina exista?», la respuesta ya está escrita por el Estado, y además tiene una propiedad útil: el cliente prefiere ese gasto, porque su IVA vuelve. Un servicio de la lista tiene, frente a uno equivalente que no esté, una ventaja de precio efectivo para el comprador que no depende de bajar el precio. 2) Los doce períodos fiscales son el número que ordena la decisión, y casi nunca se dice. La devolución no es inmediata: llega un año después de que el crédito fue computable. ⇒ Para el que explora, eso es capital de trabajo inmovilizado durante un año, y explica por qué la exploración la financian jugadores con espalda o con casa matriz afuera. Para el proveedor, la consecuencia es la contraria y es buena: su cliente no le va a discutir el IVA, porque lo recupera; le va a discutir el plazo de pago, porque el que espera doce meses es él. ⚠️ Lo que puede romper estas lecturas: la lista es de la etapa de EXPLORACIÓN, no de construcción ni de operación. Un proveedor que la lea como si cubriera toda la vida del proyecto se va a equivocar de ventana, y la ventana de exploración es la más corta y la más incierta de las tres. tesis

Dónde pega, provincia por provincia2

San Juan Es donde más proyectos están en etapa exploratoria o de ampliación con permisos vigentes, y donde el Informe de Impacto Ambiental provincial se vuelve condición de un beneficio fiscal nacional: la velocidad del trámite ambiental provincial pasa a decidir cuándo el explorador recupera su IVA. favorable
Catamarca Misma cadena en litio: el permiso exclusivo de exploración provincial habilita el recupero nacional, y el listado de servicios generales cubre lo que hoy se contrata en el corredor de acceso a los salares. favorable

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Ignacio Aredez
Ignacio Aredez· Analista jefe
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