La norma, en detalle
Se destraba el reaseguro de los proyectos RIGI
Com. BCRA «A» 8464 (06-ago-2026)
vigenteNACIONAL
Cambiario y salida del cepo
Desde el 10-ago-2026 la aseguradora local puede acceder al mercado de cambios para pagar el reaseguro en el exterior de la obra de un VPU del RIGI. Con qué cuatro condiciones.
Qué cambió y a quién le toca
Qué cambió
Desde el 10 de agosto de 2026, un banco o una casa de cambio puede darle acceso al mercado de cambios a una aseguradora argentina para que pague primas y servicios auxiliares de reaseguro en el exterior, cuando la póliza que emitió cubre «riesgos asociados a la construcción y operación de un proyecto de un Vehículo de Proyecto Único (VPU) en el marco del RIGI» (literal). Es una operación que antes no tenía este canal escrito. ⭐ La condición que ordena todo lo demás y hay que leer entera: los dólares no salen del bolsillo de la aseguradora, salen del proyecto. El acceso se concreta con fondos que el VPU transfiere a la cuenta local de la aseguradora (punto 1.1), y esos fondos tienen que haberse originado en que el propio VPU liquidó en el mercado de cambios deuda financiera tomada en el exterior o títulos de deuda del punto 3.5 del texto ordenado sobre Exterior y Cambios, con vencimientos y capital compatibles con su punto 13.2 —también sirve el endeudamiento del punto 1 de la Comunicación «A» 8426— (punto 1.2). Esa porción de deuda no se puede volver a computar para ningún otro mecanismo de acceso al mercado de cambios. El acceso del cliente para la precancelación tiene que ocurrir dentro de las 72 horas hábiles de liquidado el nuevo endeudamiento o recibidos los fondos (punto 1.3). Y si el VPU pidió el RIGI previendo usar el beneficio de cobro de exportaciones, se agregan dos trámites: una declaración jurada del representante legal o apoderado del VPU dejando constancia de que el pago de la aseguradora se registra a nombre del VPU, y el registro de ese pago en el sistema online del BCRA con su convalidación (punto 1.4). verif · 10-08-2026 ↗
Vigencia
Las entidades pueden dar el acceso a partir del 10 de agosto de 2026, fecha que la propia comunicación fija en su punto 1. El BCRA avisa en el mismo texto que después enviará las hojas de reemplazo para incorporar la adecuación al texto ordenado. verif · 10-08-2026 ↗
¿Estás dentro o fuera?
A tres que no son el dueño del proyecto. La aseguradora argentina, que es la que necesita el acceso: una obra de miles de millones de dólares no se retiene en el mercado local, se cede casi entera a reaseguradores del exterior, y sin canal para pagar esa prima en divisas la cobertura no se puede sostener. El productor y el bróker de seguros que arma la colocación, porque la operación deja de depender de una autorización caso por caso y pasa a tener requisitos enumerados. Y el VPU, que queda adentro del circuito aunque el que compra los dólares sea otro: los fondos tienen que salir de él, con origen en su propia deuda externa liquidada, y si usa el beneficio RIGI de cobro de exportaciones tiene que firmar una declaración jurada y aceptar que el pago se registre a su nombre. ⚠️ Aguas abajo alcanza a todo el que trabaja en la obra, porque la póliza de construcción es condición de contrato en cualquier financiamiento internacional: sin cobertura vigente no hay desembolso, y sin desembolso no hay certificado que cobrar. verif · 10-08-2026 ↗
La norma
Comunicación «A» 8464 del Banco Central de la República Argentina, Circular CAMEX 1-1064 («Exterior y Cambios. Adecuaciones»), fechada el 6 de agosto de 2026 y publicada en el Boletín Oficial el 10 de agosto de 2026 (aviso 345749, N° 55536/26). Dirigida a las entidades financieras y a las casas de cambio. Firmada por Oscar C. Marchelletta, Gerente Principal de Exterior y Cambios, y Marina Ongaro, Subgerenta General de Regulación Financiera. verif · 06-08-2026 ↗
Nuestra lectura
tesis Esta comunicación no habla de seguros: habla de quién pone los dólares de un proyecto RIGI y en qué orden. El BCRA no le abrió a la aseguradora una ventanilla propia — le abrió una ventanilla atada al financiamiento externo del proyecto: los dólares del reaseguro tienen que venir de deuda que el VPU tomó afuera y liquidó acá, y esa misma porción de deuda no se puede usar para nada más. ⇒ Para el que provee servicios a un proyecto RIGI, la lectura útil es que el seguro dejó de ser un trámite y pasó a ser una línea del cierre financiero: se define junto con la deuda, no después de la adjudicación de obra. Y para el mercado asegurador argentino se abre una demanda que hasta acá era difícil de atender: cobertura de construcción y operación de proyectos de escala RIGI, que es riesgo grande, técnico y con reaseguro obligado. ⚠️ Lo que puede romper esta lectura: que el requisito de origen —que los fondos salgan de deuda externa del VPU liquidada en el mercado— deje afuera a los proyectos que se financian con capital propio o con aportes de la casa matriz, que en el RIGI no son pocos. El acto no contempla ese caso, y no dice qué pasa con él. tesis
Dónde pega, provincia por provincia
Rige igual en todo el país
No hay un efecto que pegue distinto en una provincia: se aplica igual en todo el país.
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Ignacio Aredez· Analista jefe
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