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actualizado 2026-08-28
La norma, en detalle

Renovables en Neuquén: Inmobiliario y Sellos exentos 20 años, IIBB 0% los primeros 5

Ley provincial 3108 (2018) + Dto 355/2019
vigentePROVINCIAL Energía y recursos naturales

Qué cambió y a quién le toca

Qué cambió
Neuquén creó un régimen provincial de fomento a la generación eléctrica con fuentes renovables que otorga, a los proyectos radicados en la provincia encuadrados en las Leyes nacionales 26.190 y 27.191, tres beneficios tributarios provinciales: (a) Impuesto Inmobiliario — exención por veinte (20) años de los inmuebles o parte de ellos afectados a la instalación de las centrales de generación renovable; (b) Impuesto de Sellos — exención por veinte (20) años de los actos, contratos u operaciones vinculados con el desarrollo, construcción, adquisición de tecnología, obra civil/electromecánica/eléctrica, generación, abastecimiento y operación y mantenimiento de las plantas; (c) Ingresos Brutos — alícuota del cero por ciento (0%) sobre la actividad de generación renovable durante los primeros cinco (5) años (vencido ese plazo aplica la alícuota del Consenso Fiscal, Ley provincial 3090). La adhesión a la Ley nacional 27.191 se hace con reserva de las potestades tributarias provinciales y con excepción del primer párrafo del Art. 17 de esa ley. El régimen no fija un piso de inversión y aplica a cualquier escala de planta (solar/eólica/hidro/otras renovables). Los beneficios no son automáticos, y la propia ley lo dice: las exenciones "comienzan a regir desde la aprobación, por parte de la autoridad de aplicación, del proyecto de generación de energía eléctrica a partir del aprovechamiento de fuentes renovables" —la autoridad es el Ministerio de Economía e Infraestructura (art. 6)—; para acceder hay que "acreditar la inexistencia de deuda de los impuestos que, por la presente, se eximen o haberla regularizado mediante su inclusión en regímenes de pago"; y el incumplimiento del proyecto aprobado "da lugar a la revocación de los beneficios establecidos por la presente ley y al reclamo de los tributos dejados de abonar, más sus intereses y actualizaciones" (art. 5). verif · 25-04-2018
Vigencia
Para cada proyecto, las exenciones rigen desde que la autoridad de aplicación lo aprueba, no desde la sanción de la ley. El régimen quedó operativo con el Decreto reglamentario 355/2019, que la propia Dirección Provincial de Rentas publica como reglamentación de la Ley 3108. prob · 25-04-2018
A quién afecta
Personas humanas o jurídicas titulares de inversiones o concesionarios de proyectos de instalación de centrales de generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables (solar, eólica, hidro y demás renovables) radicadas en Neuquén, que encuadren en las Leyes nacionales 26.190 y 27.191. Cubre cualquier escala de planta, lo que lo vuelve la puerta fiscal del proveedor/desarrollador renovable mediano y chico, complementaria a la Ley 3502 ("Invierta en Neuquén", piso USD 500.000). prob · 25-04-2018
La norma
Ley provincial 3108 de Neuquén "Fuentes Renovables", 8 artículos, reglamentada por el Decreto provincial 355/2019 — que la Dirección Provincial de Rentas publica en su propio sitio como la reglamentación de esta ley. Adhesión con reserva tributaria a la Ley nacional 27.191 (modificatoria de la Ley nacional 26.190), Art. 1 de la Ley 3108. Autoridad de aplicación: Ministerio de Economía e Infraestructura (Art. 6). Sin confirmar en primaria: el Boletín Oficial N.º 3682 que se atribuye al decreto — la ficha que publica la Dirección Provincial de Rentas es sólo un enlace al PDF. verif · 25-04-2018

Nuestra lectura

Neuquén no es solo gas y petróleo: para la generación renovable monta un régimen propio que exime del Inmobiliario y de Sellos por veinte años y pone Ingresos Brutos en 0% los primeros cinco, sin piso de inversión. Donde la Ley 3502 arranca en USD 500.000, este régimen baja la puerta de entrada a cualquier escala de planta solar, eólica o hidro — el incentivo provincial que el desarrollador y el proveedor satélite renovable necesitaban para enchufarse a la transición energética. La contracara es que el beneficio se gana con el proyecto aprobado: la exención empieza a correr cuando lo aprueba el Ministerio de Economía e Infraestructura, y si el proyecto no se cumple la provincia lo revoca y reclama los tributos con intereses. tesis

Dónde pega, provincia por provincia1

Neuquén Inmobiliario y Sellos exentos 20 años + IIBB al 0% los primeros 5 para plantas de generación renovable (solar/eólica/hidro), cualquier escala, desde que la autoridad de aplicación aprueba el proyecto. Adhesión con reserva tributaria a la Ley 27.191. Alcanza a proyectos por debajo de los USD 500K que quedan fuera de la Ley 3502. favorable tesis

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