La norma, en detalle
Neuquén otorga a YPF dos bloques de Vaca Muerta por 35 años: 12% de regalía + 5% del flujo de fondos neto
Decreto provincial 276/2025 (07/03/2025)
vigentePROVINCIAL
Energía y recursos naturales
Qué cambió y a quién le toca
Qué cambió
El Decreto 276/2025 (firmado el 07/03/2025 por el gobernador Figueroa) ratifica el Acta Acuerdo del 21/02/2025 con YPF y, escindiendo de la concesión Loma La Lata–Sierra Barrosa una superficie de 352,258 km², OTORGA a YPF S.A. dos Concesiones de Explotación No Convencional (CENCH) sobre Vaca Muerta: La Angostura Sur I y La Angostura Sur II, por un plazo de 35 años cada una (Arts. 3° y 4°), computados desde el 31/10/2024. Las superficies por bloque son provisorias: el propio decreto deja constancia de que quedan "a la espera de la mensura" (Res. 903/93). Condiciones fiscales concretas:(1) regalía del 12% sobre la producción shale — el decreto deja constancia de que el modelo económico se calculó "considerando una regalía del doce por ciento (12%)... en línea con la alícuota aplicada... en la totalidad de los proyectos no convencionales vigentes en la Provincia" (NO es 18%);(2) además, un pago trimestral equivalente al 5% del Flujo de Fondos Neto de los pozos del Anexo C, durante toda la vigencia de las concesiones (Art. 11°);(3) Responsabilidad Social Empresaria por USD 3.395.000 en un pago (Art. 7°);(4) Bono de Explotación por USD 1.320.000 en un pago (Art. 8°);(5) Impuesto de Sellos por USD 1.342.600 (alícuota 14‰ sobre base imponible de USD 95,9 M de inversión del Plan Piloto), con amplias exenciones de sellos para la estructuración financiera/societaria del proyecto (Art. 12°). YPF se compromete a un Plan Piloto de 4 pozos horizontales por bloque (2.000 m de rama lateral, 28 etapas de fractura) con objetivo Vaca Muerta; el incumplimiento del Plan habilita la caducidad de la concesión previa intimación de 90 días (Art. 9°). NO hay en el decreto participación obligatoria del 10% de GyP ni cláusula de monitoreo trienal: el "10%" que aparece es la penalidad anual por mora en los pagos (Art. 10°). verif · 07-03-2025 ↗
Vigencia
Vigente desde su publicación en el Boletín Oficial de Neuquén (decreto firmado el 07/03/2025). El plazo de concesión de 35 años se computa desde el 31/10/2024 (Art. 27° bis, tercer párrafo, Ley 17.319), por lo que ambas concesiones vencen alrededor de 2059. prob · 07-03-2025 ↗
A quién afecta
YPF S.A. (concesionario único: la concesión es 100% YPF, sin participación de Gas y Petróleo del Neuquén — GyP — en el decreto) y la cadena de servicios satélite de Vaca Muerta que se enchufa a un desarrollo de ~91 pozos horizontales entre ambos bloques (perforación, fractura, arena, OCTG, agua/flowback, logística, midstream). También afecta a la comunidad mapuche Kaxipayiñ, que impugnó el decreto por falta de consulta previa. prob · 07-03-2025 ↗
La norma
Decreto provincial de Neuquén N° 276/2025 (Boletín Oficial de Neuquén, firmado el 07/03/2025 por el gobernador Rolando Figueroa, el ministro de Energía y Recursos Naturales José Gustavo Medele y el ministro de Economía Guillermo Koenig). Expediente EX-2024-02697082-NEU-SEMH#MERN. Dictado en el marco de los Arts. 27°, 27° bis, 30°, 35° de la Ley nacional 17.319 (modificada por Leyes 27.007 y 27.742 — Ley Bases), el Art. 31° del Anexo I del Decreto nacional 1057/24, y las Resoluciones MERN N° 053/20 y 142/21 ratificadas por Decreto provincial DECTO-2021-2183-E-NEU-GPN. Ratifica el Acta Acuerdo de Inversión Hidrocarburífera del 21/02/2025. verif · 07-03-2025 ↗
Nuestra lectura
Neuquén capitaliza el régimen de la Ley Bases asegurando 35 años de horizonte para dos bloques de Vaca Muerta de YPF con reglas fiscales claras y estables: 12% de regalía más un 5% del flujo de fondos neto, bono de explotación y exenciones de sellos para destrabar el financiamiento. Para el ecosistema de servicios satélite, cada CENCH como esta es un calendario de pozos firme — perforación, fractura, arena, OCTG, agua y logística — con demanda contratada por décadas. tesis
Dónde pega, provincia por provincia1
Neuquén Concesión de explotación no convencional La Angostura Sur I y II a YPF, 35 años, regalía provincial 12% + pago trimestral del 5% del flujo de fondos neto (el decreto no incluye el piso 18% anunciado ni participación obligatoria de GyP). Frontera Mari Menuco. Impugnación mapuche por consulta previa. favorable tesis
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Ignacio Aredez· Analista jefe
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