La norma, en detalle
El agua de Vaca Muerta ahora cuesta litros de combustible: canon variable que premia reusar
Disp. SRH 260/2026 + Dto 792/2026 (antec. Disp. SRH 67/2023, Dto 268/2022)
vigentePROVINCIAL
Energía y recursos naturales
Qué cambió y a quién le toca
Qué cambió
Neuquén pasa de un canon de agua fijo a un canon VARIABLE indexado en combustible para la perforación no convencional. Lo que fija la norma, leído en el texto oficial del Decreto 792/2026 (4 páginas, PDF firmado el 04-jun-2026): el canon se aplica «por cada metro cúbico (m³) de agua captada, extraída o concesionada» a los usos «U.2.2 – Perforación de Exploración No Convencional» y «U.2.4 – Perforación de Explotación No Convencional», y su monto «se determinará tomando como referencia el precio de venta del combustible Oil Grado 3 comercializado por YPF S.A. en la ciudad de Neuquén Capital». El decreto ratifica en todos sus términos la Disposición DI-2026-260-E-NEU-SRH#SARN del 03-jun-2026 (art. 1); declara política pública prioritaria la reutilización, recirculación, recuperación y aprovechamiento eficiente del agua en la actividad hidrocarburífera no convencional (art. 2); fija esa gestión y la reducción de nuevas captaciones como objetivos permanentes (art. 3); instruye a los organismos provinciales a promover eficiencia hídrica y reúso (art. 4); y declara de interés provincial los proyectos que, además de su actividad principal, destinen parte del agua autorizada a usos productivos, agropecuarios, forestales, industriales, ambientales o de interés social (art. 5). ✅ LOS VALORES DEL CANON YA NO SON DE PRENSA: están en el texto oficial de la Disposición SRH N° 260/26, publicada completa en el Boletín Oficial N° 4583 del 09-jun-2026, páginas 12 a 17 —no en el 4582, donde va el decreto, ni en el registro de Leyes y Decretos, que es donde se la había buscado—. Su Artículo 1° fija, literal, «a) A partir del 1° de julio de 2026: El equivalente monetario al valor de 2,5 litros de Oil Grado 3 por cada metro cúbico (m³)» y «b) A partir del 1° de enero de 2027: El equivalente monetario al valor de 3 litros de Oil Grado 3 por cada metro cúbico (m³)». Su Artículo 2° hace la actualización automática contra el precio vigente al vencimiento de la DDJJ bimestral, y su Artículo 4° confirma que cuando el agua la provee un tercero —cargadero, prestador o provisión indirecta— «el canon aplicable será el correspondiente al uso final efectivamente dado al recurso hídrico». Tampoco figura en el decreto la frase «había perdido capacidad para generar incentivos económicos» que se le atribuía a la norma, ni el detalle de que el canon se determine según el destino final del agua aun cuando el abastecimiento lo haga un tercero, ni la exigencia de acreditar el uso efectivo con documentación respaldatoria y declaraciones juradas: todo eso, si existe, vive en la Disposición 260/2026. Antecedentes del mismo eje agua-shale, con su propia fuente: (a) Disposición SRH 67/2023 (25-ene-2023) — cañería rígida soterrada obligatoria para transportar agua cruda en zona urbana o de producción agrícola-ganadera intensiva o bajo riego, mangueras flexibles prohibidas salvo transportes temporarios ≤~3 meses/año, tapada ≥1,5 veces la erosión general calculada (Art. 3), plazo de adecuación al 1-ene-2024 (Art. 11); (b) Decreto 268/2022 (11-feb-2022) — prórroga por 180 días corridos del Estado de Emergencia Hídrica, Social y Productiva declarado por Dto 1379/2021. verif · 06-2026 ↗
Vigencia
El Decreto 792/2026 lleva firma digital del 04-jun-2026 y ratifica la Disposición 260/2026 del 03-jun-2026 verif en el PDF oficial, y su «Artículo 7°: El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su firma» — o sea que el decreto rige desde el 04-jun-2026, y se publicó en el Boletín Oficial N° 4582 del 05-jun-2026. En cambio el CRONOGRAMA del canon —2,5 l/m³ desde el 1-jul-2026 y 3 l/m³ desde el 1-ene-2027— no está en el texto del decreto, que remite a los incisos a) y b) del art. 1º de la Disposición: esas dos fechas son de prensa y por eso el campo queda en `probable`. Antecedentes: Disp. SRH 67/2023 desde enero de 2023 (adecuación al 1-ene-2024); Dto 268/2022 desde febrero de 2022. prob · 06-2026 ↗
A quién afecta
Operadoras y concesionarios de shale/tight, que ven encarecerse y volverse variable el costo del agua de fractura (opex directo, indexado a combustible) y deben llevar trazabilidad por destino final con DDJJ. En el otro lado del mostrador, abre demanda forzada para los proveedores de tratamiento, reúso y recirculación de agua, gestión de flowback, y para proyectos de usos complementarios (riego, forestación, industrial): cada m³ reutilizado es canon que la operadora se ahorra. También toca a los prestadores de transporte de agua, ya obligados a cañería rígida soterrada por la Disp. 67/2023. prob · 06-2026 ↗
La norma
Decreto 792/2026 de la Provincia del Neuquén (04-jun-2026), que RATIFICA en todos sus términos la Disposición DI-2026-260-E-NEU-SRH#SARN del 03-jun-2026 de la Subsecretaría de Recursos Hídricos, dependiente de la Secretaría de Ambiente y Recursos Naturales del Ministerio de Turismo, Ambiente y Recursos Naturales (así lo nombra el propio decreto; expediente EX-2026-01743730- -NEU-DESP#SRH). Refrendado por la Ministra de Turismo, Ambiente y Recursos Naturales y el Ministro de Energía, y firmado por la Vicepresidenta 1ª de la Legislatura en ejercicio del Poder Ejecutivo por delegación del Decreto DECTO-2026-775-E-NEU-GPN. Marco jurídico que el propio decreto invoca: Ley 899 (Código de Aguas), su modificatoria Ley 2613 y su Decreto reglamentario 0790/99, más los Decretos 1671/01 y 2714/02. Antecedentes encadenados del eje agua-shale: Disposición SRH 67/2023 (25-ene-2023, cañerías rígidas soterradas) y Decreto 268/2022 (11-feb-2022, prórroga de la emergencia hídrica). verif · 06-2026 ↗
Nuestra lectura
Neuquén le puso precio a desperdiciar agua: el canon ya no es un número fijo que la inflación se come, sino litros de combustible por cada m³ que se mete al pozo. Para el inversor del ecosistema satélite es señal de oro: cada m³ que una operadora reusa es canon que se ahorra, así que la provincia acaba de crear, por decreto, un mercado con demanda y con números para el que sepa tratar, recircular y reutilizar el agua de Vaca Muerta. tesis
Dónde pega, provincia por provincia1
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Ignacio Aredez· Analista jefe
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