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al día · revisado 22-jun-2026
La norma, en detalle

Neuquén abre el autoconsumo solar: prosumidores, balance neto y la puerta para los instaladores

Ley 3297 (2021) + Dto reglamentario 2325/2023
vigentePROVINCIAL Energía y recursos naturales

La Ley 3297 adhiere Neuquén a la Ley nacional 27.424: hogares, comercios e industria generan su energía e inyectan el sobrante a la red.

Las otras normas de esta materia43

Qué cambió y a quién le toca

Qué cambió
Neuquén adhirió por Ley provincial 3297 (sancionada el 11/08/2021, promulgada el 01/09/2021) a la Ley nacional 27.424 de fomento a la generación distribuida de energía renovable y a su normativa complementaria. La ley tiene cinco artículos: adhesión (art. 1); autoridad de aplicación a definir por el Poder Ejecutivo (art. 2); derogación de los arts. 4, 8 y 13 de la Ley provincial 3006 (art. 3), y reglamentación en 60 días (art. 4) verif. La reglamentación llegó con el Decreto provincial 2325/2023 (16/11/2023), que aprueba un Anexo y rige desde su publicación verif. Según ese Anexo, que no pudimos abrir: el usuario puede instalar equipos renovables para autoconsumo e inyectar excedentes; hay tres categorías de usuario-generador por potencia (hasta 3 kW, de 3 a 300 kW y de 300 kW a 2 MW), con tope de 2 MW por punto de suministro; se compensa por balance neto de facturación con medidor bidireccional; el proyecto lo firma un ingeniero eléctrico matriculado en el Colegio de Ingenieros del Neuquén y la instalación la hacen instaladores calificados; existe una modalidad comunitaria que incluye consorcios de propiedad horizontal, y no hay exenciones de impuestos provinciales prob. La ampliación del tope a 12 MW viene de la norma nacional (Resolución 235/2024 de la Secretaría de Energía), no de la provincial prob. verif 01-2026 ↗
Vigencia
La Ley 3297 no fija fecha propia de vigencia: se promulgó el 01/09/2021 y, según la prensa, se publicó en el Boletín Oficial el 10/09/2021 prob. El régimen quedó operativo con el Decreto 2325/2023 (firmado el 16/11/2023), que rige desde su publicación en el Boletín Oficial verif. El EPEN habilitó al primer usuario-generador de la provincia en agosto de 2025 prob. prob 01-2026 ↗
A quién le aplica
Usuarios de la red de distribución de Neuquén (hogares, comercios, PyMEs, industria, productores agropecuarios, consorcios de propiedad horizontal) que quieran autoabastecerse con energía renovable e inyectar excedentes; el EPEN como distribuidora obligada a recibir la inyección y liquidar el balance neto; y —clave para la tesis del observatorio— el ecosistema de instaladores: ingenieros eléctricos matriculados en el Colegio de Ingenieros del Neuquén, empresas instaladoras calificadas, importadores/distribuidores de paneles, inversores y medidores bidireccionales certificados. prob 01-2026 ↗
La norma
Ley provincial 3297 (sancionada el 11/08/2021 por la Legislatura del Neuquén, promulgada por Decreto 1486/2021 el 01/09/2021), adhesión a la Ley nacional 27.424; deroga los arts.4, 8 y 13 de la Ley provincial 3006 verif. Reglamentada por el Decreto provincial 2325/2023 (firmado el 16/11/2023, expediente del EPEN), que aprueba su Anexo verif. Autoridad de aplicación: la Secretaría General y Servicios Públicos, que según la Ley de Ministerios 3190 tiene a su cargo los servicios públicos; distribuidora operadora: el Ente Provincial de Energía del Neuquén (EPEN) prob. La modalidad comunitaria ya está definida en el Anexo de 2023; la norma de generación distribuida comunitaria de enero de 2026 que circula no es neuquina, corresponde a la provincia de Buenos Aires (Resolución 17/2026) prob. verif 01-2026 ↗

Nuestra lectura

Neuquén le abrió la puerta al autoconsumo solar: cualquier usuario de la red puede generar su propia energía renovable, inyectar el excedente y descontarlo de la factura por balance neto, con un tope de 2 MW por punto. Más allá del prosumidor, lo accionable está en el oficio: cada instalación exige proyecto de ingeniero matriculado, instalador calificado y equipos certificados — un nicho de instaladores, importadores y servicio técnico que crece con cada conexión. tesis

Analizar esta norma para mi empresa

Dónde pega, provincia por provincia1

Neuquén Adhesión a la Ley Nacional 27.424 de generación distribuida: prosumidores, autoconsumo, inyección de excedentes, límite 2 MW/punto (ampliable a 12 MW por Res. SE 235/2024). Extensión a consorcios/PyMEs (generación distribuida comunitaria, ene-2026). favorable tesis

Qué mercados dependen de esta norma1

Estos nichos declaran esta norma entre las que los condicionan.

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