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actualizado 2026-08-28
La norma, en detalle

Pago de importaciones: del escalonado 30/60/90/120 a 30 días

Com. BCRA 'A' 7917 (13-dic-2023) → Com. BCRA 'A' 8118 (17-oct-2024)
vigenteNACIONAL Cambiario y salida del cepo

Qué cambió y a quién le toca

Qué cambió
Reducción progresiva del plazo para acceder al mercado de cambios (MULC) y pagar importaciones de bienes. La Com. 'A' 7917 (13-dic-2023) fijó, para el resto de los bienes (los no exceptuados), un cronograma escalonado: 25% a los 30 días corridos, 25% a los 60, 25% a los 90 y 25% a los 120 días corridos desde el registro de ingreso aduanero (energía y combustibles: acceso inmediato; farmacéuticos/alimentos/fertilizantes/fitosanitarios: 30 días; automotores terminados: 180 días). La Com. 'A' 8118 (17-oct-2024) unificó ese escalonamiento: para las importaciones oficializadas a partir del 21-oct-2024 de los bienes de los puntos 10.10.1.3 y 10.10.1.4 del t.o. Exterior y Cambios, el pago diferido por el valor FOB puede cursarse a partir de los 30 días corridos desde el registro de ingreso aduanero. Es decir, el grueso de los bienes pasó de pagar en cuatro tramos (hasta 120 días) a un único acceso a los 30 días. ACLARACIÓN DE INSTRUMENTO: la convergencia a 30 días NO la hizo la A 7917 (que fija el escalonado inicial) sino la A 8118; atribuir el '30 días' a la A 7917 es error. verif · 17-10-2024
Vigencia
El esquema escalonado rige desde el 13-dic-2023 (Com. 'A' 7917). La unificación a 30 días rige para importaciones oficializadas a partir del 21-oct-2024 (Com. 'A' 8118, fechada 17-oct-2024). Vigente. verif · 21-10-2024
A quién afecta
Importadores de bienes en general (todas las empresas, sin distinción de tamaño) y las entidades financieras y casas de cambio que dan acceso al MULC. Beneficia especialmente a la industria que importa insumos y bienes de capital, al acortar el capital de trabajo inmovilizado entre el ingreso aduanero y el pago al proveedor del exterior. Mantiene excepciones favorables previas: energía/combustibles con acceso inmediato y plazos especiales (30 días) para farmacéuticos, alimentos, fertilizantes y fitosanitarios ya contemplados desde la A 7917. verif · 17-10-2024
La norma
Dos Comunicaciones del BCRA. (1) Com. 'A' 7917, fechada 13/12/2023, Ref. Circular CAMEX 1-998, 'Exterior y cambios. Adecuaciones.', vigencia 13.12.23 — establece el cronograma escalonado 25% a 30/60/90/120 días para los 'restantes bienes' (punto 1.2.iv) y deroga la Com. 'A' 7904. (2) Com. 'A' 8118, fechada 17/10/2024, Ref. Circular CAMEX 1-1029, 'Exterior y cambios. Adecuaciones.' — unifica el acceso a 30 días corridos para importaciones oficializadas a partir del 21/10/2024 (bienes de los puntos 10.10.1.3 y 10.10.1.4 del t.o. Exterior y Cambios). Ambos textos leídos directamente del PDF oficial del BCRA. verif · 17-10-2024

Nuestra lectura

El pago de importaciones pasó del cronograma de cuatro cuotas que estiraba el desembolso hasta 120 días a un acceso único a los 30 días: menos capital de trabajo atado, menos incertidumbre para quien importa insumos y bienes de capital, y una señal más de normalización del mercado de cambios (R2 normalización cambiaria + R4 desregulación de un control). Es el tipo de previsibilidad que pide toda cadena productiva exportadora. Lo que conviene vigilar es que el sendero de apertura del cepo se sostenga sin marcha atrás ante tensión de reservas, pero la dirección —de 120 a 30 días, igualando plazos para todas las empresas— es inequívocamente la de levantar restricciones. tesis

Dónde pega, provincia por provincia1

Neuquén El acortamiento del plazo de pago de importaciones a 30 días (A 8118) reduce el capital de trabajo que deben inmovilizar las PyMEs y service companies de la cadena satélite de Vaca Muerta que importan equipos, repuestos e insumos del upstream (no exceptuados): menos costo financiero del puente entre ingreso aduanero y pago al proveedor, mejor previsibilidad para programar compras de equipamiento. El upstream de energía/combustibles ya tenía acceso inmediato desde la A 7917, así que el beneficio directo se concentra en los proveedores satélite y de bienes de capital, no en la operadora que importa combustible/energía. favorable se cumple la promesa del RIGI tesis

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