Despegue REFORMAS ESEN
al día · revisado 6-sep-2026
La norma, en detalle

Compre pampeano: el 80% más alto del país, y alcanza a los subcontratistas

Ley 2675 (2012)
vigentePROVINCIAL RIGI e inversión

La Ley 2675 obliga a permisionarios y concesionarios de hidrocarburos de La Pampa, y también a sus subcontratistas, a contratar al menos el 80% de la mano de obra y los servicios de la provincia.

Qué cambió y a quién le toca

Qué cambió
El artículo 12 obliga a las beneficiarias de permisos, concesiones o locaciones de obras y servicios de la provincia a contratar como mínimo el 80 % de mano de obra, proveedores y servicios pampeanos, y extiende la misma exigencia «a las subcontratistas, y/o cualquier otra persona o empresa que por cualquier título se hallare realizando tareas en áreas hidrocarburíferas provinciales» — es decir que baja por toda la cadena y no se agota en el titular. El artículo 13 define las dos categorías con vara de arraigo: mano de obra pampeana es la de trabajadores con «como mínimo tres (3) años de domicilio y radicación mínima en la provincia», y proveedor o servicio pampeano exige domicilio legal y sede en La Pampa más tres años de radicación acreditada con habilitación municipal e inscripción fiscal. La Autoridad de Aplicación —la Subsecretaría de Hidrocarburos y Minería, art. 24— «deberá fiscalizar el cumplimiento de este precepto y aplicará las sanciones que por su incumplimiento impongan los contratos»: la sanción no está tarifada en la ley, la fija cada contrato. El artículo 2 declara de interés público provincial la «prospección, exploración, explotación, industrialización, transporte y comercialización» de hidrocarburos. verif · 18-10-2012
Vigencia
Vigente desde su promulgación en 2012. El régimen no depende de una reglamentación posterior para el piso del 80 %: el art. 12 es operativo y la fiscalización queda en cabeza de la Autoridad de Aplicación. prob · 18-10-2012
¿Estás dentro o fuera?
Al que ya tiene el permiso o la concesión provincial le fija el piso más alto del país, y no se lo puede sacar de encima subcontratando: la misma exigencia baja a subcontratistas y a cualquier empresa que trabaje en áreas hidrocarburíferas provinciales. Al proveedor de afuera le pone una barrera de arraigo, no de precio: con domicilio legal, sede y tres años de radicación acreditada, más habilitación municipal e inscripción fiscal — o sea que radicarse hoy no habilita a computar hasta dentro de tres años. Y a la PyME pampeana le reserva ocho de cada diez pesos, pero sólo dentro de las áreas provinciales. verif · 18-10-2012
La norma
Ley 2675, sancionada el 18 de octubre de 2012. En el texto consultado del digesto provincial no figuran modificatorias. verif · 18-10-2012

Nuestra lectura

Es el piso de compre local más alto de toda la serie que el observatorio mide, y por un margen grande: 80 % en La Pampa contra 70 % en Salta y Jujuy, 60 % en Neuquén, 50 % en Buenos Aires y 20 % en el RIGI nacional. Y es el único que ata la condición a tres años de radicación previa, lo que lo vuelve una barrera de arraigo y no de precio: una empresa que se muda hoy no computa hasta 2029. ⛔ Lo que NO se puede afirmar todavía, y es justamente lo que más valdría: si el artículo 12 alcanza a un sistema de transporte de gas de jurisdicción nacional. El Gasoducto Perito Moreno pone sus tres plantas compresoras nuevas en La Pampa, y su titular publica de dónde son sus proveedores —área metropolitana, Buenos Aires, Neuquén, Río Negro, Chubut y Santa Cruz— sin nombrar a La Pampa en ninguna de sus tres listas. La ley nombra al transporte entre las actividades de interés público provincial, pero el art. 12 obliga a las beneficiarias de permisos, concesiones y locaciones provinciales, y una licencia del ENARGAS no lo es. Hasta que aparezca un acto que lo resuelva, la brecha queda declarada y no afirmada. tesis

Dónde pega, provincia por provincia1

La Pampa Toda obra en áreas hidrocarburíferas provinciales tiene ocho de cada diez pesos reservados a proveedores con tres años de radicación en La Pampa, y la exigencia baja a los subcontratistas. Para una PyME pampeana el arraigo deja de ser un dato de domicilio y pasa a ser el activo que la habilita a facturar. favorable tesis

Las otras normas de esta materia31

Ley Bases: nace el RIGILey 27.742 · Decreto 749/2024vigente
RIGI: más tiempo y más sectoresDecreto 105/2026vigente
Súper RIGI: data centers, IA y semiconductoresMedia sanción de Diputados (jun-2026), en el Senadoen trámite
CPTPP: Argentina pide entrar al TranspacíficoNota de intención (03-06-2026)en trámite
Ignacio Aredez
Ignacio Aredez· Analista jefe
Credenciales y trayectoria →
  • +10 años en ciencia de datos para clientes de Europa y América
  • Certificado en gobernanza de IA (ISO/IEC 42001)
  • Machine Learning (Google Cloud)
  • Experto registrado ante la Comisión Europea
Escribinos · gratis

Subite al despegue

Contanos qué estás buscando y te respondemos. Sobre esto trabajamos: nichos, oficios, proyectos y normas — dónde entrar.

sin spam te contestamos en 48 h hábiles
¿Qué sos?
Tu empresa con la web alcanza — el resto lo miramos nosotros
Contanos más
Tus provincias vacío = todas
elegí una o varias
Ficha construida sobre la norma publicada, con los huecos declarados. Volver a las reformas
Cómo leer los sellos →   verif fuente primaria · prob primaria pendiente · s/conf sin respaldo suficiente · estim cálculo propio · tesis lectura nuestra