La norma, en detalle
Importar tu auto: se abre la cancha
Decreto 196/2025 + Res. SIyC 222 y 271/2025
vigenteNACIONAL
Apertura comercial
Qué cambió y a quién le toca
Qué cambió
Un paquete de tres normas desregula el sector automotor. El Decreto 196/2025 modifica la Reglamentación General de la Ley 24.449 de Tránsito (Anexo 1 del Decreto 779/1995 y sus modificatorios, y el Decreto 50/2019): declara (Art. 28) que todos los componentes, piezas y autopartes que se fabriquen o importen son de comercialización, producción e importación LIBRE, sin requerir autorización previa, y en sus considerandos dispone la eliminación del CHAS (Certificado de Homologación de Autopartes y/o Elementos de Seguridad). La Res. SIyC 222/2025 reemplaza el CHAS/CAPE por una Licencia de Certificación con control ex-post (QR obligatorio desde dic-2025) y habilita laboratorios/organismos internacionales en vez del esquema previo. La Res. SIyC 271/2025 (Art. 13) habilita a personas humanas a importar hasta 1 unidad por importador por año calendario sin fines comerciales, con prohibición de enajenar por 2 años desde la nacionalización, y reconoce certificaciones internacionales (ONU/WP.29, UE y EE.UU. —Blue Ribbon Letter de la NHTSA) para homologar modelos. Matiz de alcance: la importación de USADOS por particulares NO está liberada de forma general/automática; la Res. 271/2025 ata la importación a una homologación de modelo (LCM/CVHE) existente o a tramitar certificado de seguridad vial, por lo que el caso típico es 0km o modelos homologables. verif · 18-03-2025 ↗
Vigencia
Decreto 196/2025 firmado el 17/03/2025 y publicado en BO el 18/03/2025. Res. 222/2025 publicada el 13/06/2025 (vigencia a los 15 días hábiles, aprox. 08/07/2025). Res. 271/2025 publicada el 02/07/2025. Paquete vigente. verif · 18-03-2025 ↗
A quién afecta
Importadores y fabricantes de autopartes y elementos de seguridad (fin del CHAS, certificación ex-post abierta a laboratorios internacionales); personas humanas que quieran importar un vehículo (0km u homologable) para uso propio, hasta 1 unidad por año sin fines comerciales; el INTI pierde el rol de aprobador único del esquema CHAS; terminales, concesionarias e importadores comerciales del mercado automotor. verif · 02-07-2025 ↗
La norma
Decreto 196/2025 (DECTO-2025-196-APN-PTE), norma fundacional del paquete; complementado por Resolución SIyC 222/2025 (RESOL-2025-222-APN-SIYC#MEC) y Resolución SIyC 271/2025 (RESOL-2025-271-APN-SIYC#MEC). verif · 17-03-2025 ↗
Nuestra lectura
El Estado deja de ser portero del mercado automotor: cae el CHAS como filtro previo y un particular puede importar su 0km reconociendo homologaciones internacionales (ONU/WP.29, UE, EE.UU.). Es desregulación de manual (R4 · apertura y desregulación): se elimina una barrera de entrada que protegía a incumbentes y se baja el costo de cumplimiento sin resignar seguridad (control ex-post con QR). La cuota de 1 unidad por año y la traba de 2 años para revender acotan el efecto a uso personal, no a un mercado de reventa. tesis
Dónde pega, provincia por provincia1
Neuquén Cae el CHAS y la importación de autopartes y elementos de seguridad pasa a ser libre, con control ex-post. El corredor a Añelo mueve entre 1.300 y 3.800 camiones de arena por día sin alternativa ferroviaria: es flota pesada rodando todo el año, y su costo de mantenimiento cuelga de la disponibilidad y el precio del repuesto importado. favorable apertura y desregulación tesis
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Ignacio Aredez· Analista jefe
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