Despegue REFORMAS ESEN
actualizado 2026-08-28
La norma, en detalle

Importar maquinaria usada: 25% del arancel y menos trámite

Decreto 483/2026 (BO 23-jun-2026)
vigenteNACIONAL Apertura comercial

Qué cambió y a quién le toca

Qué cambió
El Decreto 483/2026 adecúa el Régimen de Importación de Líneas de Producción Usadas (Decreto 1174/2016) y deroga sus artículos 8, 9, 24, 27 y 29. Cambios centrales:(1) el requisito de integración nacional baja del 30% al 10%: el beneficiario debe adquirir bienes NUEVOS de origen nacional por un monto igual o superior al 10% del valor FOB de los bienes usados importados (art. 7 inc. a sustituido, plazo hasta 1 año después de la resolución aprobatoria);(2) el límite de antigüedad queda en 20 años, extensible a 30 si los bienes fueron sometidos a procesos de reconstrucción y/o actualización;(3) se redefine 'línea de producción' (ya no se exige que el componente principal sea usado) y se incorporan líneas para generación de energía eléctrica y almacenes inteligentes/automatizados;(4) se reemplaza el esquema de auditorías por rendición de cuentas a cargo de profesionales certificados;(5) los bienes del régimen siguen tributando el 25% de los derechos de importación (art. 10 del Dto 1174/2016, que este decreto no modifica) y quedan exceptuados de la tasa de comprobación de destino (art. 13). La exención de la tasa de estadística (3%) la afirma la nota oficial de Casa Rosada; no está en el articulado del 483/2026. verif · 23-06-2026
Vigencia
A quién afecta
PyMEs e industrias que necesitan modernizar o ampliar capacidad instalada sin capital para equipos nuevos (metalmecánica, alimentos, plásticos, generación eléctrica, logística/almacenes inteligentes). Proveedores nacionales de bienes de capital nuevos conservan una demanda cautiva del 10% del FOB importado. La UIA habría rechazado la medida por temor a 'chatarrización' (versión de prensa, sin fuente primaria cotejada). prob · 23-06-2026
La norma
Decreto 483/2026 del Poder Ejecutivo Nacional, dictado el 22-jun-2026 y publicado en el Boletín Oficial el 23-jun-2026. Firmado por Milei, Adorni y Caputo (confirmado en el texto del BO). Modifica el Decreto 1174/2016 (Régimen de Importación de Líneas de Producción Usadas) y deroga sus arts. 8, 9, 24, 27 y 29. El CIBU (Dto 273/2025) es un instrumento emparentado pero distinto: este decreto NO lo modifica. verif · 23-06-2026

Nuestra lectura

Menos arancel y menos trámite para traer líneas de producción completas: pagando el 25% del arancel y con la exigencia de compra nacional reducida del 30% al 10%, reequipar una planta con maquinaria usada reconstruida pasa a estar al alcance de PyMEs que no pueden financiar equipos nuevos (R4: menos costo de capital → más inversión y productividad). tesis

Dónde pega, provincia por provincia2

Neuquén Las PyMEs metalmecánicas y de servicios del corredor Vaca Muerta pueden reequiparse con líneas usadas reconstruidas (tornería, calderería, tratamiento de agua, plantas modulares) pagando 25% del arancel: baja la barrera de capital para escalar capacidad frente a la demanda de las operadoras. favorable apertura y desregulación tesis
Río Negro Mismo mecanismo para la metalmecánica del corredor (Allen–Villa Regina) y para el reequipamiento frutícola/alimenticio del Alto Valle: líneas de empaque, frío y procesamiento usadas de origen europeo quedan ~75% más baratas de arancel. favorable apertura y desregulación tesis

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