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al día · revisado 15-jul-2026
Rige desde el 18-jun-2026

Impuesto al cheque: quedan exentas las billeteras virtuales y las plataformas de pago

Decreto 475/2026 (BO 18-jun-2026)
vigenteNACIONALRige igual en todo el país Ancla fiscal y monetaria

El Decreto 475/2026 exime del impuesto al cheque las cuentas de exchanges cripto inscriptos en la CNV y de las empresas de pagos electrónicos.

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Qué cambió y a quién le toca

Qué cambió
El decreto amplía el régimen de exenciones del impuesto al cheque (créditos y débitos en cuentas, Ley 25.413) modificando el art. 10 del Anexo del Decreto 380/2001, sin eliminar el tributo de forma general ni tocar alícuotas. Cambios: (1) PSAV/cripto — quedan exentas las 'cuentas utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a sus actividades específicas' por Proveedores de Servicios de Activos Virtuales inscriptos en el Registro de la CNV (art. 5°, que incorpora tres incisos nuevos); (2) empresas de servicio electrónico de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros — se extiende la exención de sus cuentas de uso exclusivo, incluyendo los movimientos que posibiliten la entrega o depósito de efectivo, y el caso en que además actúen como agencias complementarias de servicios financieros (arts. 1° a 4°); (3) administradoras de tarjetas y transportadoras de caudales inscriptas en el BCRA — exención de sus cuentas operativas específicas (art. 5°); (4) la clave de fondo: el art. 6° DEROGA el anteúltimo párrafo del art. 10 (introducido por el Decreto 796/2021), que impedía aplicar cualquier exención cuando los fondos se vinculaban a operatoria sobre criptoactivos. Rige para hechos imponibles desde el 18-jun-2026. verif 18-06-2026 ↗
Vigencia
A quién le aplica
PSAV/exchanges y billeteras cripto inscriptos en la CNV, empresas de pagos y cobranzas electrónicas (procesadores, adquirentes, agregadores), administradoras de tarjetas y transportadoras de caudales. Indirectamente abarata costos de toda la cadena de pagos digitales y del ecosistema satélite fintech. No es un alivio general: el impuesto al cheque sigue vigente para el resto de los contribuyentes. verif 18-06-2026 ↗
La norma
Decreto 475/2026 del Poder Ejecutivo Nacional, publicado en el Boletín Oficial el 18-jun-2026. Modifica el Anexo del Decreto 380/2001 (reglamentario del impuesto sobre créditos y débitos, Ley 25.413). verif 18-06-2026 ↗

Nuestra lectura

Otro impuesto distorsivo que retrocede: el Estado deja de encarecer la operatoria de billeteras, exchanges y adquirentes de pagos, y borra el castigo específico que pesaba sobre las criptomonedas desde 2021. Menos fricción tributaria y reglas claras para la infraestructura fintech que mueve los pagos de la economía real (R4 · apertura y desregulación). tesis

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