La norma, en detalle
El impuesto al cheque deja de golpear a billeteras, exchanges y adquirentes
Decreto 475/2026 (BO 18-jun-2026)
vigenteNACIONAL
Ancla fiscal y monetaria
Qué cambió y a quién le toca
Qué cambió
El decreto amplía el régimen de exenciones del impuesto al cheque (créditos y débitos en cuentas, Ley 25.413) modificando el art. 10 del Anexo del Decreto 380/2001, sin eliminar el tributo de forma general ni tocar alícuotas. Cambios: (1) PSAV/cripto — quedan exentas las 'cuentas utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a sus actividades específicas' por Proveedores de Servicios de Activos Virtuales inscriptos en el Registro de la CNV (art. 5°, que incorpora tres incisos nuevos); (2) empresas de servicio electrónico de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros — se extiende la exención de sus cuentas de uso exclusivo, incluyendo los movimientos que posibiliten la entrega o depósito de efectivo, y el caso en que además actúen como agencias complementarias de servicios financieros (arts. 1° a 4°); (3) administradoras de tarjetas y transportadoras de caudales inscriptas en el BCRA — exención de sus cuentas operativas específicas (art. 5°); (4) la clave de fondo: el art. 6° DEROGA el anteúltimo párrafo del art. 10 (introducido por el Decreto 796/2021), que impedía aplicar cualquier exención cuando los fondos se vinculaban a operatoria sobre criptoactivos. Rige para hechos imponibles desde el 18-jun-2026. verif · 18-06-2026 ↗
Vigencia
2026-06-18 verif · 18-06-2026 ↗
A quién afecta
PSAV/exchanges y billeteras cripto inscriptos en la CNV, empresas de pagos y cobranzas electrónicas (procesadores, adquirentes, agregadores), administradoras de tarjetas y transportadoras de caudales. Indirectamente abarata costos de toda la cadena de pagos digitales y del ecosistema satélite fintech. No es un alivio general: el impuesto al cheque sigue vigente para el resto de los contribuyentes. verif · 18-06-2026 ↗
La norma
Decreto 475/2026 del Poder Ejecutivo Nacional, publicado en el Boletín Oficial el 18-jun-2026. Modifica el Anexo del Decreto 380/2001 (reglamentario del impuesto sobre créditos y débitos, Ley 25.413). verif · 18-06-2026 ↗
Nuestra lectura
Otro impuesto distorsivo que retrocede: el Estado deja de encarecer la operatoria de billeteras, exchanges y adquirentes de pagos, y borra el castigo específico que pesaba sobre las criptomonedas desde 2021. Menos fricción tributaria y reglas claras para la infraestructura fintech que mueve los pagos de la economía real (R4 · apertura y desregulación). tesis
Dónde pega, provincia por provincia
Rige igual en todo el país
Miramos esta norma desde las cinco provincias que seguimos y no encontramos un efecto que pegue distinto en ninguna: se aplica igual en todo el país.
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Ignacio Aredez· Analista jefe
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