La norma, en detalle
Buenos Aires: 50 % de compra a proveedores de la provincia
Ley 15.510 (BO provincial 29884, 27-11-2024) · Decreto 2731/2025
vigentePROVINCIAL
RIGI e inversión
La Ley 15.510 obliga a la empresa que invierte más de USD 50 M en Buenos Aires a destinar el 50 % de lo que gaste en proveedores a empresas de la provincia.
Qué cambió y a quién le toca
Qué cambió
Creó un régimen provincial de promoción para inversiones grandes y le puso un piso de compra a proveedores de la provincia. El artículo 13 de la ley, textual: «Aquellas empresas que sean beneficiadas por el presente Régimen y cuya inversión sea mayor a cincuenta millones de dólares norteamericanos (USD 50.000.000) deberán presentar un programa de desarrollo de proveedores que contemple que, de manera incremental y de acuerdo con el cronograma que establezca la Autoridad de Aplicación, al menos el cincuenta por ciento (50 %) del monto total destinado al pago de proveedores sea destinado a la contratación y adquisición de bienes, servicios y/u obras de empresas radicadas en la provincia de Buenos Aires». Son dos veces y media el 20 % que exige el RIGI nacional, y la ley deja escrita la salida: quien no llegue «deberá justificar debidamente… que las calidades o cantidades requeridas para el desarrollo del proyecto no pueden ser provistas con los proveedores existentes». El artículo 11 inciso 18 exige presentar el plan de desarrollo de proveedores dentro de la propia solicitud de ingreso. verif · 27-11-2024 ↗
Vigencia
La ley rige desde el 27 de noviembre de 2024 y su reglamento desde el 3 de noviembre de 2025. Para un proveedor lo que importa es la segunda fecha: hasta que salió el decreto, el piso del 50 % existía sin cronograma y sin registro donde anotarse; hoy tiene las dos cosas y la inscripción está abierta en línea. verif · 03-11-2025 ↗
¿Estás dentro o fuera?
A la empresa que pide entrar al régimen provincial con una inversión mayor a USD 50.000.000, que queda obligada a presentar y cumplir el programa de desarrollo de proveedores; y a la PyME bonaerense que quiera quedar del otro lado de ese piso, para lo cual tiene que inscribirse en el Registro de Desarrollo de Proveedores Bonaerenses. La inscripción es en línea y gratuita, está dirigida a PyMEs de la provincia, y el domicilio productivo bonaerense es la condición de fondo. Papeles obligatorios: constancia de inscripción en ARCA, constancia de Ingresos Brutos o Convenio Multilateral, y declaración jurada del domicilio donde se desarrolla la actividad productiva —más, si está en Convenio Multilateral, las declaraciones juradas anuales de los últimos dos ejercicios—. Se piden además, según corresponda, poder legal del representante y habilitaciones municipales o sectoriales; las certificaciones de calidad (ISO, IRAM) figuran sin la marca de obligatorias. Aprobada la presentación, asignan número de inscripción y mandan el certificado por correo. verif · 06-09-2026 ↗
La norma
Ley provincial 15.510, «Régimen Provincial de Inversiones Estratégicas», promulgada el 26-11-2024 y publicada el 27-11-2024 en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires N° 29884. Reglamentada por el Decreto 2731/2025 del 3-11-2025 (Poder Ejecutivo provincial), cuyo Anexo Único parte el piso del 50 % en dos etapas y cuyo artículo 3° crea el Registro de Desarrollo de Proveedores Bonaerenses en la órbita de la Subsecretaría de Industria y Pymes. verif · 03-11-2025 ↗
Nuestra lectura
Es el piso de compra provincial más alto que publica una provincia con proyectos del RIGI: 50 %, contra el 20 % del régimen nacional, partido en 30 % a los dos años del inicio efectivo de la inversión y 20 % a los tres años del inicio de operaciones. ⚠️ Y lo que hay que entender antes de usarlo: rige para el beneficiario del régimen PROVINCIAL, no para el del RIGI nacional, que son dos trámites distintos. Ninguno de los dos proyectos RIGI bonaerenses tiene publicado un acto que lo admita al régimen provincial —Sidersa declaró en marzo de 2026 que lo iba a solicitar; del Parque Eólico Olavarría no hay ni siquiera esa declaración—, así que hoy el piso no le rige a ningún proyecto de la cartera. Eso no lo vuelve teórico: lo vuelve temprano. El registro ya está abierto, la inscripción es gratuita y en línea, y el momento de menor costo para una PyME es justamente antes de que se sepa quién queda alcanzado — cuando la empresa que entre tenga que presentar su programa de proveedores, va a mirar el padrón que exista ese día. tesis
Dónde pega, provincia por provincia2
Buenos Aires Los dos proyectos del RIGI radicados en la provincia están muy por encima del umbral de USD 50 M que dispara la obligación: Sidersa, USD 286 M, y el Parque Eólico Olavarría, USD 275,6 M. Si cualquiera de los dos entra al régimen provincial, la mitad de lo que gaste en proveedores tiene que ir a empresas radicadas en Buenos Aires, con 30 % a los dos años del inicio efectivo y 20 % a los tres años del inicio de operaciones. El paso de menor costo para una PyME bonaerense es inscribirse hoy en el registro provincial, que es gratuito, está en línea y no exige certificación técnica: el requisito de fondo es el domicilio productivo en la provincia. favorable tensión Nación-provincia tesis
Santa Fe La PyME santafesina que hoy provee a la industria de San Nicolás —que está a una hora de Rosario— queda del lado de afuera de esta cuenta: el requisito es domicilio productivo bonaerense, no cercanía. Es el mismo mecanismo que deja a Milicic fuera del cupo salteño y del sanjuanino teniendo sede en Rosario, y la salida es la misma: radicar actividad productiva en la provincia que pone el piso, o asociarse con quien ya la tiene. adverso tensión Nación-provincia tesis
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Ignacio Aredez· Analista jefe
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