Despegue REFORMAS ESEN
actualizado 2026-08-28
La norma, en detalle

Autos limpios: arancel 0% para importar

Decreto 49/2025 (mod. Decreto 44/2026)
vigenteNACIONAL Apertura comercial

Qué cambió y a quién le toca

Qué cambió
El Decreto 49/2025 fija en 0% el Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.) para vehículos de motorización alternativa —híbridos (motor eléctrico junto a o alternativamente combustión interna), eléctricos puros y a celdas de combustible de hidrógeno— con valor FOB de hasta USD 16.000, con un cupo anual de 50.000 unidades y vigencia de 5 años desde su publicación. La alícuota DIE general extrazona del sector automotor es del 35% (arancel estándar Mercosur), por lo que la medida lleva ese derecho a cero, pero ese 35% NO figura en el texto del decreto: es el contexto arancelario previo. El Decreto 44/2026 (reportado por prensa, BO 26-ene-2026) lo modificaría: ampliaría el alcance tecnológico, permitiría acumular el cupo no utilizado al año siguiente, mantendría el tope anual de 50.000 unidades y excluiría motos, ciclomotores y cuatriciclos (categorías L1 a L7). El Decreto 44/2026 NO pudo confirmarse en fuente primaria (BO/InfoLEG); sus modificaciones están sostenidas solo por prensa. verif · 31-01-2025
Vigencia
31-ene-2025 (publicación en BO); el régimen tiene vigencia de 5 años desde esa fecha (art. 7° del Decreto 49/2025). La modificación del Decreto 44/2026 regiría desde el 26-ene-2026 según prensa (sin confirmar en primaria). verif · 31-01-2025
A quién afecta
Importadores y terminales automotrices que traigan vehículos eléctricos, híbridos o de hidrógeno con FOB ≤ USD 16.000; el cupo de 50.000 u/año (~20% del promedio de ventas de autos livianos) se asigna por convocatoria de la Secretaría de Industria y Comercio. Beneficia también a la cadena de movilidad eléctrica (cargadores, postventa) y a consumidores que acceden a autos limpios más baratos. verif · 31-01-2025
La norma
Decreto 49/2025 (PEN), firmado el 30-ene-2025 (firmantes: Milei, Francos, Caputo) y publicado en el Boletín Oficial el 31-ene-2025. Reglamentado por la Resolución 29/2025 de la Secretaría de Industria y Comercio y la RG 5691/2025 de AFIP-ARCA. Habría sido modificado por el Decreto 44/2026 (BO 26-ene-2026 según prensa); su primaria oficial NO pudo confirmarse. verif · 31-01-2025

Nuestra lectura

Bajar a 0% el arancel de importación de autos limpios es apertura comercial pura (regla R4: menos protección al incumbente abre mercado). Abarata el acceso a la movilidad eléctrica y abre una ventana para importadores y servicios satélite —cargadores, postventa, repuestos—. A vigilar: el tope cuantitativo (50.000 u/año) y el techo de FOB USD 16.000 limitan el alcance, y el beneficio depende de que el cupo siga renovándose; la ampliación vía Decreto 44/2026 aún no se confirmó en fuente oficial. tesis

Dónde pega, provincia por provincia

Rige igual en todo el país

Miramos esta norma desde las cinco provincias que seguimos y no encontramos un efecto que pegue distinto en ninguna: se aplica igual en todo el país.

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